Portada Anterior Siguiente Índice | 11. La Reforma Agraria y El Pueblo Mapuche

11. La Reforma Agraria y El Pueblo Mapuche


La primera ley de Reforma Agraria, fue promulgada el 27 de noviembre de 1962, y fue signada bajo el Nº 15.020 y conocida como “la reforma de Macetero”.

La aplicación de esta ley duró sólo dos años, y como resultado se llegó a la exigua constitución de sólo 491 nuevos propietarios agrícolas, lo que, en parte, se explicaría por el engorroso procedimiento legal para expropiar los predios y permitir su toma de posesión. En la zona de la Araucanía, se transfirieron a la Corporación de Reforma Agraria sólo tres predios (Dax, La Mañana y Buenos Aires, ubicados en la comuna de Freire), y que eran propiedad de CORFO. Estos predios sumaban una superficie de 2.399,8 hectáreas. En dichas expropiaciones, ocurridas el 31 de octubre de 1962, años más tarde se constituirá el asentamiento Rayen Lafquén, integrado por mapuches que corresponden a familias de colonos indígenas afectados por el terremoto del 22 de mayo de 1960, provenientes del sector costero. Es necesario señalar que en este caso se solicitó terrenos de otra institución fiscal para resolver problemas de tierras damnificadas de Carahue y Puerto Saavedra[180].

Por la misma época se hacen públicas una serie de reivindicaciones de tierras por parte de comunidades mapuches de la zona. Las expropiaciones no se utilizaron para satisfacer estas demandas, sino que sólo para subsidiar a las familias damnificadas por el terremoto. Un caso emblemático de estos reclamos, lo constituye la comunidad de los Lolocos, en la comuna de Ercilla, que había iniciado un proceso de recuperación del fundo Chihuaihue.

Según informaciones del diario El Siglo, en 1960 Ignacio Silva Correa, propietario del fundo Chihuaihue, vecino de la comunidad mapuche Los Lolocos, se adueñó de 175 hectáreas de las tierras indígenas, un sector de montaña, ocupado para la extracción de leña y posterior producción de carbón. En este mismo sector usurpado se encontraba el cementerio de la comunidad, lo que constituye una prueba irrefutable de la pertenencia indígena de dichas tierras. Frente a tales hechos, los comuneros mapuches de Los Lolocos deciden formar un comité de defensa de sus tierras y con las demás reducciones que circundan al terrateniente Silva constituir un solo comando de todos los indígenas del sector. La situación se hace más candente y conflictiva porque “... en dichos hechos fue baleado, por parte de Silva Correa, quien estuvo 4 días detenido, un mapuche de apellido Collío, el que falleció en el mes de octubre de 1961”[181].

Después de un mes, los mapuches de Los Lolocos recuperarán las tierras usurpadas, alegando que son parte de la hijuela Nº 276, de dominio del antiguo Lonko Manuel Levia, a quien le fue asignada en Merced en el año 1888.

Otro caso paradigmático, fue el que enfrentó a 50 familias de las reducciones indígenas de Rucaraqui, Ranquilco, Pitracuicui, Trauco y Pangue, quienes resolvieron iniciar la ocupación de los terrenos de la llamada Isla Ranquilco o Pangal, ubicada en el fundo Colgué, de propiedad de Carlos Larroulet. Después de expuestas las dos posiciones antagónicas, un grupo de diputados entre los que destacan los democratacristianos Alberto Jeréz y José Musalem, el radical Jacobo Schaulsohn, el socialista Fermin Fierro y los comunistas Santos Medel y Orlando Millas, presentaron un proyecto de ley para expropiar la Isla Ranquilco y entregarla en forma gratuita a los jefes de las 50 familias ocupantes.

Más allá de los resultados de dicha propuesta, lo interesante, es que el tema de la pérdida de tierras mapuches y las demandas por su recuperación, se iba transformando cada vez más en un tema de carácter nacional.

En síntesis, se puede decir que en este primer período de Reforma Agraria llevado a cabo durante el Gobierno de Jorge Alessandri, no hay realmente un proceso de Reforma Agraria, en términos de modificar la estructura agraria del país. Las expropiaciones llevadas a cabo son ínfimas. Sin embargo, se reitera que un punto interesante durante esta época es que se comienza a instalar en el ámbito público la demanda por tierras por parte de los mapuches. Estas demandas no son sólo discursivas sino que trascienden a la vía de los hechos, y comienza a haber un apoyo de distintos sectores, por ejemplo parlamentarios de centro y de izquierda.

Sin embargo, y a pesar del crecimiento de las demandas mapuches, se llega al gobierno de Eduardo Frei Montalva, en cuyo contexto se discutirá una nueva normativa para reformar la propiedad agrícola, y donde la participación mapuche en la discusión de dicha Ley será absolutamente marginal, lo que redundará en que los indígenas no sean considerados, como sujetos específicos, en la nueva Ley de Reforma Agraria.

En un comienzo, el gobierno de Frei seguirá operando con la ley 15.020 -la Ley de maceteros-, que para el caso de la Araucanía significó la expropiación de 50 predios, equivalente a 34.012,8 hectáreas. Las comunas donde ocurrieron dichas expropiaciones fueron las siguientes: Curacautin, 4 predios; Carahue, 4 predios; Cunco, 9 predios; Freire, 6 predios; Lautaro, 9 predios; Nueva Imperial, 6 predios; Tolten, 1 predio y Vilcún, 11 predios[182].

En esta primera etapa, y siguiendo la tendencia de los promotores del agro hacia la formación de organizaciones asociativas, se formaron en zona mapuche algunas cooperativas, por ejemplo las Cooperativas Las Hortensias de Cunco, Cuyinco de Carahue, La Esperanza y Las Violetas de Freire.

En 1967 se dicta la Nueva Ley de Reforma Agraria, Ley 16.640, cuyo objetivo será modificar el sistema de tenencia de la tierra e incorporar a la propiedad de ella a quienes la trabajan. Fundamentalmente se perseguía aumentar el volumen físico de la producción agrícola y levantar el nivel de vida de la familia campesina en el orden económico, social, educacional y cultural. El diagnóstico que fundaba los planes de Reforma Agraria demostraba que un gran problema de la estructura agraria del país lo constituían las explotaciones agrícolas minifundiarias.

Será en este marco donde se inscriba la inclusión del “problema indígena” a la Reforma Agraria. Los acontecimientos históricos que afectaron a los mapuches desde la ocupación de la Araucanía hasta esa fecha, léase radicación, usurpación y división de las comunidades, los había transformado en pequeños propietarios, cuyos minifundios eran unidades productivas absolutamente inviables desde el punto de vista económico. Por tanto, los mapuches entran al proceso en calidad de campesinos pobres y no en su especificidad étnica, lo que impide responder a derechos territoriales indígenas; sino que sólo se apunta a mejorar sus condiciones de vida, otorgándoles apoyo crediticio y asistencia técnica.

En el año 1968 se proponen una serie de modificaciones a la Ley 14.511 -1961-, donde se buscaba nuevamente la desaparición del minifundio en la subdivisión de las comunidades indígenas, proceso que fue acelerado a partir de la creación de tres nuevos Juzgados de Indios -en Angol, Carahue y Villarrica-. La novedad radicaba en evitar el minifundio, otorgando derechos preferenciales a los mapuches en las propiedades de la CORA. Aunque esta ley no fue promulgada, algunas familias mapuches obtuvieron “derechos” de posesión en algunos fundos expropiados. El proceso de recuperación de tierras fue favorecido por la presión y movilización de las comunidades, siendo restituidas cerca de 1.443 hectáreas[183].

Los más favorecidos fueron los que estaban organizados en Cooperativas y en Comités Campesinos, ya que aumentó la asistencia crediticia y técnica, junto a las becas de estudios e implementación de nuevas escuelas, así como la estructuración de las comunidades en Centros de Madres. Pese a estas medidas “reformistas”, la gran demanda de tierras no podía ser satisfecha.

En definitiva, durante el gobierno de Frei Montalva, con la aplicación de la Ley 16.640, se expropiaron a favor de comunidades mapuches un total de siete predios, en la comunas de Angol, Lumaco, Lautaro y Purén, representando el 4,69% de los expropiados durante el período, con un total de 10.682,3 hectáreas físicas, equivalentes a 961,31 hectáreas de riego básico.[184]

A pesar de que la legislación dejó fuera la especificidad de la comunidad indígena, “... el espíritu de la legislación de Reforma Agraria y el clima político que circundó su aplicación, favoreció el que fuera el propio movimiento indígena, mediante las corridas de cerco y tomas de predio, quien promoviera su propia reforma agraria y exigiera que la Ley 16.640 le sirviera de justo marco normativo...”[185].

A partir de 1967 tanto el discurso como la acción de las organizaciones mapuches cambian de manera notable. Las demandas de tierras por parte de las comunidades se traducirán en acciones directas tendientes a ingresar a los predios colindantes. Dos son los argumentos que avalan dichas acciones. El primer argumento se relaciona con el contexto reivindicatorio propio de la reforma agraria, que consiste en detectar y expropiar las tierras abandonadas o subutilizadas -por ejemplo, el fundo Tranaquepe-; el segundo argumento gira en torno a las tierras que tienen carácter de usurpadas - por ejemplo, el fundo Chihuaihue, en la comuna de Ercilla-.

Paralelamente, la Corporación Araucana fue perdiendo hegemonía sobre el movimiento indígena, apareciendo múltiples organizaciones y líderes. El escenario mapuche quedó configurado por numerosas y atomizadas agrupaciones. Se disgregan las fuerzas indígenas frente a las elecciones de regidores, diputados y senadores. Aunque a fines del gobierno de Frei Montalva se produce una corriente de convergencia, que une las organizaciones en un programa y acciones comunes. Este consenso se produce en las objeciones a la Ley 14.511 y en la formulación de un nuevo proyecto legal -que retomaba gran parte de las ideas sustentadas por la Corporación Araucana-. Las discusiones en asambleas, congresos regionales y nacionales sirvieron de base para la elaboración de Ley 17.729 -de septiembre de 1972- [186].

La movilización de las comunidades se instala en la vía de los hechos concretos para la recuperación de tierras ocupadas “ilegalmente” por individuos no mapuches. Estas acciones, iniciadas entre 1961 y 1962, con el apoyo de la Federación Campesina e Indígena, adquirieron gran fuerza a fines de la década del 60.

Durante 1967, al poco tiempo después de haberse dictado la Ley 16.640, las comunidades mapuches de la comuna de Lumaco, que formaban parte de las bases de la Confederación Indígena Campesino Ranquil, Chanco, Reñico Grande, Reñico Chico, El maitén, Loncoyán, Pellahuén, Diádico y Los Pantanos, iniciaron una movilización para expropiar los predios de la sucesión Moena. Uno de estos fundo –Reñico-, contenía las tierras usurpadas del Título de Merced Raimán Pichulmán.

Los mapuches recuperan tierras de los fundos Reñico y Pinilmapu y exigen la aplicación de la Ley de Reforma Agraria. Ante la tardanza en el pronunciamiento de la CORA respecto de la expropiación, se produce una segunda ocupación de los predios el 28 de febrero de 1969 y después una reocupación, el 3 de marzo del mismo año, a la cual se sumaron otras comunidades mapuches. Este movimiento, que fue el primero de la comuna de Lumaco, concluyó con la expropiación de cinco predios, Reñico, Pilinmapu, San Gerardo, Hueico y Anadela El Peral, todos de la sucesión Moena, con una superficie de 5.074, 4 hectáreas, dando origen a la cooperativa Regional Campesina Lautaro Ltda.[187]

Durante el año 1969 la movilización mapuche se extiende en la provincia de Malleco. Por ejemplo el 26 de agosto de1969, 200 mapuches de la reducción de Chequenco, Loncomahuida, Reuquén, Lemún, Lolenco y Pillán de la comuna de Ercilla, se toman el fundo Chihuaihue sin que se concrete la expropiación y lo intentan nuevamente en febrero de 1970, no alcanzando resultados. Y así hay otros casos de tomas, donde no siempre fueron expropiados y entregados a la comunidad[188].

Durante esta época aparecen las “corridas de cerco”, movilizaciones impulsadas por las comunidades mapuches vinculadas al Movimiento Campesino Revolucionario (MCR). La primera corrida de cerco la realizó la comunidad Coliqueo Huenchual sobre el fundo El Vergel, el que tenía usurpadas 40 hectáreas de las tierras de Título de Merced. Así el 3 de junio de 1970, procedieron a mover sus deslindes materiales hacia el límite original del Título de Merced, conservando estas tierras en su poder sin que se realice la expropiación[189].

Se siguieron realizando estas recuperaciones a través de las corridas de cerco, por ejemplo las de la comunidad Antonio Quidel en el fundo Santa Ana, la comunidad Guanaco Huenchual en el fundo Tres hijuelas; las comunidades Juan de Dios Acuña, Lorenzo Curiqueo, Coche Levín y Ñanco Morales en el predio Poco a Poco, etc. Cabe señalar que las recuperaciones de tierras se limitaban a recuperar sólo lo que había sido usurpado de los Títulos de Merced.

El contexto social de la época facilitó este proceso; sumado a la polarización política e ideológica, permitieron que las demandas mapuches por sus tierras reduccionales siguieran ese curso. Las acciones entre 1969-1971, adquieren un carácter masivo y “revolucionario”. Las “tomas” y “corridas de cercos”, afectaron a las zonas de Lautaro, Lumaco, Nueva Imperial, Loncoche, Ralco, Panguipulli, Futrono, San Juan de la Costa, etc. Para fines de 1970, las tierras tomadas superaban las 100 mil hectáreas, dentro de un clima extremadamente tenso[190]. Las movilizaciones indígenas de este período fueron producto de una serie de factores, entre los cuales se puede mencionar:

No obstante, en lo que respecta a las consecuencias que tuvo la división de las comunidades, estas fueron de largo plazo, ya que la mayor cantidad de litigios por usurpaciones de tierras indígenas proviene de las comunidades divididas por las leyes de 1927 y 1931. Al dividirse las comunidades, y otorgarse títulos individuales de dominio, se produjeron ventas fraudulentas, bajo presión, arriendos transformados en compras y ventas y todo tipo de latrocinios. Las comunidades divididas de la Provincia de Arauco y Malleco son actualmente las que tiene mayores conflictos de esta naturaleza. Además, no se cumplió con el objetivo que los defensores de las divisiones señalaban: superar la pobreza de los indígenas que viven en comunidades[192]. Las siguientes tablas ilustran esta situación:

TABLA Nº 19. División de Comunidades Mapuches (Ley 4.111) 1931-1972

Lugar
Nº de reservas
divididas
Superficie
remensurada (hás.)
Hijuelas
Hectáreas
Expropiadas
Futrono
1
89,00
1
89,00
Lago Ranco
2
66,50
6
11,00
La Unión
7
205,96
18
11,44
Río Bueno
14
480,22
94
5,11
Osorno
5
126,02
32
3,94
Puerto Octay
1
28,75
2
14,38
San Juan
3
125,65
6
20,94
San Pablo
-
-
-
-
Fuente: Raúl Rupailaf. Raúl Molina. “El territorio Mapuche Huilliche, la Historia de un
despojo”. p. 19.

TABLA Nº 20. Radicación en la zona Huilliche


Lugar

Nº de Reservas o
de Títulos de Merced
Superficie
en
hectáreas

Total personas
radicadas por T.

Promedio Hás.
por persona
Futrono
08
3.376,00
455
7,41
Lago Ranco
24
7.115,50
363
19,60
La Unión
18
438,40
150
2,92
Río Bueno
49
1.811,40
479
3,78
Osorno
5
150,20
48
3,13
Puerto Octay
2
83,50
16
5,22
San Juan de C.
32
5.224,20
929
5,62
San Pablo
1
12,08
11
1,09
Total
139
18.061,81
2.451
6,09
Fuente: Raúl Rupailaf. Raúl Molina. “El territorio Mapuche Huilliche, la Historia de un
despojo”. p. 15.

11.1. La Reforma Agraria durante la Unidad Popular

El manifiesto y compromiso firmado en el cerro Ñielol el año 1964 entre el entonces candidato a la presidencia Salvador Allende y el pueblo mapuche contemplaba el dictado de una nueva ley indígena, en la que, respecto a la propiedad de las tierras, se debía abordar la “... restitución y remensuramiento de todos los fundos colindantes con comunidades o propietarios indígenas, para saber a ciencia cierta las hectáreas usurpadas y la vuelta inmediata a sus dueños... ”[193].

En este sentido el programa de la Unidad Popular era claro respecto al tratamiento del tema indígena. “La defensa de la integridad y ampliación y asegurar la dirección democrática de las comunidades indígenas, amenazadas por la usurpación, y que al pueblo mapuche y demás indígenas se les asegure tierras suficientes y asistencia técnica y crediticia apropiadas... ”[194]

Una vez iniciado el gobierno de la Unidad Popular, se inicia una política sistemática y coordinada destinada a resolver la demanda de tierras mapuches. Esta política se inaugura y adquiere su máxima expresión con el denominado “cautinazo”, momento en que el conjunto de los organismos del agro, encabezados por el ministro de agricultura de entonces, Jacques Chonchol, se trasladan en su totalidad a la ciudad de Temuco.

El proceso de restitución de las tierras usurpadas era difícil y complejo ya que la ley indígena que operaba hasta ese momento, no consideraba la restitución de tierras usurpadas. Allende pensó en resolver el problema de las tierras indígenas de la manera más efectiva y rápida posible; para ello, sugirió aplicar la Ley de Reforma Agraria para tratar de resolver el problema de la restitución de tierras. En una publicación reciente, se cita una entrevista a Chonchol, quien expresa el proceder de las autoridades de la época: “... cuando haya un fundo en esta zona que ha sido expropiado en el cual hay tierras usurpadas lo primero que vamos a hacer, antes de constituir asentamiento, es restituir las tierras a las comunidades que han sido usurpadas...”[195]. De esta manera se diseñó un plan de Emergencia, que llevó a los organismos del agro a instalarse en Temuco; plan que sería conocido como “Cautinazo”.

En esa misma entrevista Chonchol recuerda que en los meses de enero y febrero de 1970, se restituyeron alrededor de 80.000 hectáreas a las comunidades mapuches de tierras usurpadas y que estaban en manos de grandes propietarios. No se restituyó todo lo que se pedía, pero si fue un primer paso muy importante. Al respecto Daniel Colompil, ex director del Departamento de Asuntos Indígenas, se refiere del siguiente modo: “... cuando existe voluntad política la ley es un instrumento, no tiene por qué estar todo en una ley. Las grandes decisiones las toma la voluntad política, los gobiernos las pueden hacer con voluntad cuando hay voluntad, si no hay voluntad ni con la mejor ley se puede hacer nada... ”.[196]

Con el Cautinazo también se da origen, por instrucciones del Presidente de la República, a la “Comisión de Restitución de Tierras Usurpadas” a cargo de Daniel Colompil, instancia dependiente del IDI (Instituto de Desarrollo Indígena). Por otro lado, y aunque desde el año 1966 ya comienza a discutirse, también puede incluirse en el “cautinazo” la discusión con la Confederación Nacional Mapuche, que agrupaba a todas las organizaciones indígenas, de un anteproyecto de ley indígena que pusiese fin a los Juzgados de Indios, vistos como los responsables de no acoger la demanda mapuche por la restitución de sus tierras usurpadas, en esa fecha calculadas en 150.000 hectáreas.

Durante la misma época se resolvieron antiguas demandas de tierras planteadas por comunidades mapuches independientes o adscritas a la Confederación Campesina Ranquil, durante el período de Frei Montalva. De igual manera, se resolvieron algunas restituciones de tierras que se encontraban litigando los mapuches en los juzgados de indios.

Por ejemplo, en Angol se restituyeron tierras del Título de Merced Margarita Traipe, cuyas tierras se encontraban en el fundo La Arcadia. En Carahue, se expropiaron los predios Rucalán y Butalón Rucadiuca a favor de la comunidad Nicolas Ailío, entre otros. En Lumaco todas las tierras que fueron expropiadas se hicieron a favor de las comunidades mapuches, las que comprendieron un total de 18 expropiaciones, donde se incluían grandes fundos y Títulos de Merced usurpados[197].

El denominado “cautinazo” marcará un periodo que dejará a lo menos tres consecuencias inmediatas: a) se logra una importante restitución de tierras; b) se produce un fortalecimiento organizacional mapuche, que crea la Confederación Nacional Mapuche, la que ejercerá una fuerte presión para cambiar la Ley 14.511, proceso que terminará con, c) la promulgación de la Ley Indígena de 1972, N° 17.729.

El mensaje del Ejecutivo al remitir el proyecto al Congreso señala lo siguiente:

“El problema indígena es preocupación esencial del gobierno popular y debe serlo también de todos los chilenos (...) la problemática de los grupos indígenas es distinta a la del resto del campesinado, por lo que debe ser observada y tratada con procedimientos también distintos y no siempre el legislador ni el ciudadano común lo entendieron, agravando con ello el problema. Como es diversa su escala de valores lo es también su conducta. En cuanto tiene conciencia que por centenares de años ha sido el dueño de la tierra su actitud es la de quien se siente desposeído de algo que en justicia le pertenece, en tanto, para los restantes campesinos, el logro de la tierra constituye una conquista. Su bandera de lucha es la recuperación, mientras para los demás, es la distribución para quienes mejor la trabajen...[198]”.

La Ley Indígena 17.729, aborda entre otros aspectos lo siguiente:

El gran mérito de esta Ley, es que por primera vez en la historia republicana, se disponía de medios jurídicos efectivos para la restitución de las tierras indígenas usurpadas. Esta legislación se constituye, así, en el máximo logro alcanzado por el movimiento mapuche -indígena en general- en su relación con el Estado chileno.

La lectura que aquí puede realizarse es que se está frente a un hito en la historia de la relación del Estado de Chile y los pueblos indígenas, de manera específica, con el Pueblo Mapuche. Un Estado que históricamente ha demostrado un proceder ingrato en su accionar hacia los indígenas, pero que en un momento de la historia del mismo, bajo la conducción de la Unidad Popular reconoce la injusticia y usurpación hacia los mapuches, iniciando un proceso de reparación del daño a través de políticas orientadas a la resolución de las demandas y reivindicaciones indígenas. En este punto de la historia, los mapuches consideraron que por primera vez estaban frente a autoridades que efectivamente se los escuchaba y se comprendían la injusticia de la cual habían sido objetos y, por la misma razón, trataron de repararla. Podría decirse que en ese período los mapuches confían en las autoridades chilenas; sin embargo, esa confianza, no durará mucho, pues con el derrocamiento del gobierno de la Unidad Popular y la imposición del Gobierno que le sucedió, el Estado va a retomar su accionar injusto hacia los indígenas. Esa confianza de los mapuches hacia las autoridades chilenas se volverá a romper.

Como resultado del proceso de Reforma Agraria llevado a cabo durante la Unidad Popular, entre el 4 de noviembre de 1970 y el 11 de septiembre de 1973 se expropiaron en la Araucanía 574 fundos, con una superficie de 636.288,3 hectáreas. Los predios expropiados a favor de comunidades mapuches o con participación mapuche fueron 138, con una superficie total de 132.115, 78 hectáreas físicas, equivalentes a 7.407,77 hectáreas de riego básico. Durante este período se restituyeron tierras consideradas usurpadas de los títulos de merced y también tierras reivindicadas como territorio ancestral. Dichas expropiaciones se llevaron a cabo casi en la totalidad de las comunas de las Provincias de Malleco y Cautín.[200]

La Ley Indígena 17.729, y en general todo la línea política referida a los pueblos indígenas llevada a cabo durante el gobierno de Salvador Allende, es vista y analizada en el contexto nacional y latinoamericano como un avance significativo. Sin embargo, esta ley tuvo una duración extremadamente breve, “no pasó más allá de ser “un veranito de San Juan”, una luz de esperanza acariciada por las comunidades. Dichas esperanzas fueron frustradas por el golpe militar del 11 de septiembre de 1973”[201]

11.2. El Golpe de Estado y la Contrarreforma Agraria

Ya desde el dictado de la Ley 16.640, pero sobre todo de la Ley 17.729, los mapuches habían recuperado una importante cantidad de tierras, que por distintas formas les habían sido usurpadas. En el ámbito político habían logrado un reconocimiento nunca antes dado por las autoridades chilenas, que les permitía reposicionarse como un actor social pleno de derechos. Sin embargo, el Gobierno militar impulsará un profundo proceso de contrarreforma agraria, que revocará los acuerdos y logros alcanzados hasta ese momento y desatará una ola de represión contra la población chilena en general, de la cual los mapuches tampoco estuvieron ausentes.

De las 40 organizaciones mapuches que existían hacia fines del año 1972 y que en diversos niveles representaban al Pueblo Mapuche, nada se supo de ellas ni de sus dirigentes después del golpe militar de 1973, desapareciendo por completo el movimiento indígena nacional, corriendo la misma suerte que el movimiento social y popular chileno en general[202].

Desde antes del golpe de Estado de 1973, ya existía una fuerte resistencia de los dueños de fundos a la Reforma Agraria. A partir del gobierno de la Unidad Popular esta resistencia se materializó en comandos de retoma de predios, grupos de vigilancias y otros, que tenían formación paramilitar. También contribuyó la instalación en Malleco y Cautín del Movimiento Patria Y Libertad, y del manejo de la prensa local a través del Diario Austral.

Hubo muchas acciones de violencia contra los mapuches en toda la zona de la Araucanía; uno de los hechos más graves fue titulado de la siguiente manera:

“UN MUERTO Y CINCO HERIDOS EN DESALOJO DE FUNDO: El hecho ocurrió en el fundo “Huilio” de Imperial. Dos mujeres, una embarazada, entre los heridos. Todos Mapuches. Detenido hijo del propietario y armas confiscadas”[203]

El relato del Diario Austral de Temuco pertenece a Marcelina Quintulen Melin, sobrina del mapuche muerto, Francisco Cheuquelen Melin, señala que:

“... el rico y como 20 personas más entraron en un camión, desde dentro del fundo, no por las trancas, se bajaron y empezaron a disparar con armas de fuego. También andaban trayendo palos. Entonces los compañeros arrancaron y otros, las mujeres, se escondieron detrás del árbol. Allí cayó Francisco y los otros. Estaban preparando el almuerzo. Después que todos arrancaron empezaron a incendiar el ruco, las carretas, la ropa, mantas, cueros, las cositas que se habían llevado. Robaron también las herramientas de trabajo, las banderas, cadenas, ollas, teteras, dos radios y otras cosas. También apalearon a los heridos y palmotearon a los niños chicos y las mujeres (...) el fundo es de cómo 600 hectáreas, pero el rico tiene legalizado solamente 200, el resto es todo usurpado a los mapuches...”[204].

En términos numéricos, especialmente en las comunas de Lautaro, Ercilla, Collipulli, Lumaco, Lonquimay, Carahue y Nueva Imperial se revocaron 98 predios, con un total de 100.392, 3 hectáreas, de las 155.11,38 hectáreas que correspondían a los 164 predios expropiados entre 1972 y 1973. Lo anterior se tradujo en que fueron devueltos a los antiguos propietarios el 64,7% de las tierras expropiadas a favor de mapuches, se rematan tres predios ocupados por mapuches, con una superficie de 1.478,2 hectáreas y se parcelaron 63 predios, con un total de 53.204,88 hectáreas.[205]

Todo el proceso de contrarreforma estuvo marcado por un velo de represión, que tuvo una violencia inusitada en casi todos los predios donde la Reforma Agraria benefició a los mapuches. Se fusiló y se hizo desaparecer a dirigentes y asentados mapuches, se encarceló y torturó a la vez que se revocaron la mayoría de los predios donde los mapuches habían recuperado tierras, retrotrayendo la situación a los años antes de la Reforma Agraria[206].

Pedro Raín de Lumaco recuerda el accionar de los militares frente al tema mapuche:

“Yo estuve en la cárcel en el 73’. Fui detenido el 14 de septiembre, me fueron a buscar a la casa los militares y me tuvieron 18 días en la tortura en Traiguén, en la fiscalía de Traiguén. Yo sabía que eso venía, porque yo tenía una radio a pilas chiquitita y escuchaba las noticias y escuché cuando habló Pinochet diciendo “el que ponga resistencia bala con él”... en mi caso me dejaron enterrado hasta el cuello y bajo la nuca me colocaron corriente, y me sumieron en un tambor no sé con qué líquido. Y la Paliza era siempre a la una de la mañana, nos tiraban el agua y luego decían hasta allí no más, el que se pasaba bala con él, y no hay justicia y es necesario que los jueces llamen a todas las personas que fueron torturados y les hagan justicia (...). y también es necesario recuperar el patrimonio que logramos bajo el gobierno de Frei y del gobierno socialista de Salvador Allende, en que se aceleró más la Reforma Agraria y hubo mejor desarrollo... [207]

Otro testimonio que refleja lo sucedido en la zona por aquellos años, pertenece a Heriberto Huaiqui, hijo de Félix Huaiqui, quien se levantó en las tierras que ocupaba Domingo Durán:

.”.. se produjo la ocupación militar y le devolvieron las tierras al antiguo dueño. La gente se devolvió a sus lugares y los que representaban como dirigentes fueron apremiados en forma violenta, perseguidos, torturados y apresados. Cuando llegaron persiguieron en primera instancia a los dirigentes, atacaron a los que encabezaban, en esos cayeron Segundo Quian y mi papá. La tortura vino en primera instancia, nosotros veíamos como torturaban, se metían en las casas y daban vuelta hasta las ollas, las camas. Según ellos. Buscaban algo, parece que armas. A los dirigentes los tenían en unas vegas y los tenían sentados adentro del agua, también agarraban a la gente la colgaban de los pies al helicóptero y los trasladaban al mar donde pasaban rozando las olas. Nosotros de cabrito chico veíamos todo eso y quedamos maltratados sicológicamente. Nosotros niños vimos que nuestros padres hicieron esas acciones por el mejoramiento de la calidad de vida, pero jamás ellos fueron a robar o a matar a una persona, pero el castigo que a ellos le hicieron era como si hubieran sido criminales, más que eso... a mi papá lo colgaron del helicóptero, lo llevaron a Temuco allí lo sumergían en un tambor de agua, bien pateado primero, y le seguían haciendo preguntas, tu fuiste, tú fuiste le decían...[208]”.

Es en este momento cuando retorna la frustración al Pueblo Mapuche. Durante la Unidad Popular, por primera vez veían cómo el Estado trataba de hacer justicia con la causa indígena, y después viene el mismo Estado chileno, ahora de forma opresora y les arrebata todo lo que habían logrado, con una furia pocas veces vista.

La prensa local publicaba: “En Cautín quiso el marxismo matar la propiedad agrícola. Expropió cuanto pudo y lo demás lo tomó con las fuerzas de MCR. Los campos de Cautín durante la anterior administración fueron escenario de una serie de atentados contra la propiedad privada y el MIR con la figura del Che Guevara llevó el odio como también la Anarquía y destrucción a los complejos agrícolas...”[209]

Efectivamente, durante la Unidad Popular el movimiento mapuche actuó de dos formas distintas; un movimiento tendía hacia el diálogo y participación en políticas indígenas, basadas, principalmente en la participación del proceso de Reforma Agraria y en un apoyo a la educación; y, otro sector actuaba por la vía de los hechos, formando consejos campesinos y tomándose los predios de la zona. Estos últimos actuaron, de preferencia, en conjunto con los grupos de izquierda, fundamentalmente, bajo el apoyo del Partido Comunista Revolucionario.

En este punto de la historia se forma un nuevo imaginario respecto de los mapuches, se les empieza a ver como revolucionarios, guerreros, subversivos, etc. Sin embargo, una lectura distinta de este proceso, se relaciona más con la idea del nativismo, que ocupa un lugar importante en el accionar mapuche del siglo XX[210]. Es decir, las tomas de fundos, más que un intento revolucionario, fue un intento de los indígenas de recomponer la comunidad destruida en la Araucanía, era un intento de volver a las raíces, a la época en que las tierras eran de ellos, “... fue una reconstrucción del lof, de la comunidad perdida. Por eso fue tan fuerte esa movilización. Tocó la fibra más profunda del pueblo mapuche: retornar a la vida verdadera destruida por la colonización. Por eso cuando vieron la posibilidad de salir de sus reducciones y ampliarse a las tierras que les pertenecieron a sus abuelos, lo hicieron... ”[211].

Lo cierto es que después del golpe militar de 1973, la represión fue extremadamente dura entre los mapuches. El Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, señala la existencia de 136 mapuches muertos o desaparecidos durante el régimen militar. A continuación se presenta un listado con los nombres de dichas personas:

1.Carlos Aillañir Huenchual
35.Alberto Colpihueque
69. Pedro Llanco Catrinelbun
103. Teobaldo Paillacheo C.
2.Cardenio Ancacura Manquian
36.Licán Colpihueque
70. Víctor Llanquien
104. Juan Paillalef Paillalef
3.Alejandro Ancao Paine
37.Francisco Curamil Castillo
71. Nelson Llanquilef V.
105. Julio Paine Lipin
4.Antonio Aninao Morales
38.Domingo Curaqueo Alarcón
72. José Llaulén Antilao
106. Luz Painemán Puel
5.Miguel Antilaf Epulef
39.Pedro Curihual Paillán
73. Juan Lleuquen Leuquen
107. José Panguinamún Ailef
6.Julio Antilef Gaez
40.Mauricio Curiñanco Reyes
74. Paula Loncomilla B.
108. José Pichún Cayul
7.Rubén Antimán Nahuelquín
41.Nelson Curiñir Lincoqueo
75. Mariano Loncopán C.
109. José pilquinao Llaulén
8.Luis Antio Machacán
42.Guillermo Díaz Loncomilla
76. Luis Mahuida Esquivel
110. Mercedes Poldén P.
9.Ivan Aqueveque Antileo
43.Mario Fernández Acum
77. Celia Malihuén Trivilao
111. Francisco Porma Ch.
10.Jose Argel Marilicán
44.Segundo Flores Antivilo
78. Carlos Mansilla Coñuecar
112. Guillermo Puran
11.Luis Aros Huichachán
45. Teófilo González Calulef
79. Leonardo Marillanca G.
113. José Quidiante Q.
12.Moisés Ayanao Montoya
46. fernando González Calquin
80. Héctor Marillán Becerra.
114. Jaime Quilán Cabezas
13.José Beltrán Meliqueo
47. Jaime González Calquin
81. Pedro Mariqueo M
115. Luis Quinchavil S.
14.José Beltrán Curiche
48. Gervasio Huaquil Calviqueo
82. Juan Mayorga Millán
116. José Ramos Huina
15.María Bustamante Llancamil
49. Roberto Huaqui Barría
83. José Mañao Ampuero
117. Gerardo Ramos Huina
16.José Bórquez Levicán
50. Joel Huaquiñir Benavides
84. Luis Melimán Marín
118. Alberto Reinante Raipán
17.Patricio Calfuquir Henríquez
51. Reinaldo Huentequeo A.
85. José Melillán Llancapani
120. Modesto Reinante Raipán
18.Patricio Canihuante Astudillo
52. Mauricio Huenucoi Antil
86. Jorge Melipillán Aros
121. Luis Catricheo
19.Luis Carfurqir Villalón
53. Domingo Huenul Huaquil
87. José Meliquén
122. José Runca Runca
20.Gregoria Carilaf Huenchupan
54. José Huenumán Huenumán
88. Manuel Melín Pehuén
123. Alejandro Salgado Troquián
21.Manuel Catalán Paillal
55. Oscar Hueravilo Saavedra
89. Juan Milla Montuy
124. Carlos Santibáñez Nahuel
22.Samuel Catalán Lincoleo
56.Samuel Huichallán Lanquilen
90. Francisco Millahuinca A.
125. Luis Torres Antinao
23.Reinaldo Catriel Catrileo
57. José Hinostroza Ñanco
91. Pedro Millalén Huenchuñir
126. Juan Tracal Huenchumán
24.Mauricio Cayuan Caniuqueo
58. Segundo Lepín Antilaf
92. Jaime Millanao Canihuan
127 Alejandro Tracanao Pincheira
25.Carlos Cayumán Cayumán
59. Rodolfo Leveque Carrasco
93. Víctor Molfiqueo
128. José Tracanao Pincheira
26.José Cayunao Villalobos
60. Raúl Leveque Carrasco
94. Juan Nahuel Huaquimil
129. Eliseo Tracanao V
27.Juan Cheuquepán Levimilla
61. Alfredo Levocoy Emelcoy
95. Bernardo Nahelcoy Ch.
130. José Tranamil Pereira
28.Manuel Cheuquelao Millanao
62. Asndrés Levio Llaupe
96. Víctor Nahuelpán
131. José Vidal Panguilef
29.Juana Cofré Catril
63. Francisco Lincopán Calfulaf
97. José Neicul Paisil
132. Miguel Yaufulén Mañil
30.Juan Colihuinca Railaf
64. Manuel Lizama Cariqueo
98. José Ñanco
133. JoséYaufulén Mañil
31.Juan Carlos R. Colipán
65. Mónica Llanca Iturra
99. Juan Ñancufil Reuque
134. Oscar Yaufulén Mañil
32.Carlos Collao Sarpi
66. Juan Llanca Rodas
100. José Ñancumán M
135. Antonio Yaufulén Mañil
33.Heriberto Collío Naín
67. Leandro Llancaleo C.
101. Julio Ñiripil Paillao
136. Ariel Zúñiga Llanquilef
34.Pedro Colpiante Caihuán
68. Segundo Llancaleo Millán
102. José Pailamilla


11.3. La Ley de 1979

Durante la Unidad Popular, una de las modificaciones administrativas fue la transformación de la Dirección de Asuntos Indígenas, dependiente del Ministerio de Tierras y Colonización, en el Instituto de Desarrollo Indígena (IDI), organismo autónomo, descentralizado, y que se relacionaba con el Gobierno a través del Ministerio de Agricultura. Los principales objetivos del IDI eran la promoción del desarrollo social, económico, educacional y cultural de los indígenas y la integración de los indígenas a la comunidad nacional, considerando su idiosincrasia y respetando sus costumbres[212].

Dentro de las funciones y atribuciones del IDI se cuentan, entre otras, las siguientes: a) la formulación y aplicación de una política de desarrollo integral de la población indígena, b) el desarrollo de labores de asistencia legal, técnica y administrativa a las comunidades indígenas, c) la planificación de las expropiaciones y la ejecución de las restricciones y asignaciones de tierras a que se refiere la ley, d) la adquisición de tierras, a cualquier título con el objeto de asignarlas a los indígenas, e) la celebración de convenios con distintos organismos para realizar estudios técnicos relacionados con el desarrollo integral del pueblo indígena, f) otorgar ayuda y asistencia técnica, económica, y social a los indígenas y g) representar a los indígenas en todos los asuntos, conflictos o problemas de carácter judicial y extrajudicial en que una de las partes sea indígena.

Para cumplir con su misión el IDI estaba estructurado y organizado con un Consejo Superior, y una Dirección Ejecutiva. Su organigrama era de carácter funcional territorial con distribución por zonas y resguardando la participación de los campesinos. De esta manera el Consejo Superior estaba integrado por 16 miembros de los cuales 9 representaban al Gobierno y 7 a los campesinos mapuches. Consejo que tenía por objeto la conducción y control superior del Instituto.

El Gobierno militar suprime el Instituto de Desarrollo Indígena, con lo cual la Ley indígena 17.729, promulgada en el gobierno de Allende, y a pesar de estar vigente, no tenía ninguna aplicación práctica. De esta forma, hasta el año 1979 no se aplicará ninguna legislación ni política pública en materia indígena. En ese año el Gobierno militar promulga el Decreto de Ley 2.568, que buscará y conseguirá, finalmente, la liquidación de las comunidades mapuches.

El tema de la división de las tierras mapuches, tal cual ha quedado consignado en este Informe, es una discusión que comienza con el siglo XX. Desde las primeras décadas, hubo un conjunto de actores que observan el tema indígena en el sur de Chile, y que consideran que la causa de la pobreza indígena radica, en gran medida, en el hecho de que los indígenas no tienen propiedad privada constituida. Esta idea es apoyada por algunos defensores de indígenas, como Eulogio Robles, defensor indígena de Temuco, quien sostiene en varias oportunidades, que el hecho de que no haya progreso en las tierras indígenas es porque no hay una propiedad constituida, las tierras no están cercadas. Posteriormente los misioneros capuchinos van a tener la misma idea, vale decir, que al no existir propiedad no hay progreso. Esta idea se consolida en 1927 cuando se dicta una ley con el objetivo de dividir las comunidades indígenas. Ese año, el presidente de la sociedad Caupolicán Defensora de la Araucanía, Manuel Manquilef, propuso una ley de división de comunidades indígenas, donde un Tribunal Especial de división debería hacer la repartición de las tierras a cada jefe de familia al interior de la comunidad, y después de transcurridos diez años, dichos miembros quedarían habilitados para celebrar cualquier tipo de contrato con sus tierras, vender, arrendar, etc. En 1931 se dictará una segunda ley respecto a la división de comunidades indígenas.
A partir de dicha época se comienza a expresar el temor de las autoridades respecto a que el proceso de división signifique un proceso de venta acelerada de las hijuelas provenientes de Títulos de Merced, ya que existía una enorme presión por parte de colonos en torno a esas tierras indígenas. Entonces el gobierno establece un conjunto de leyes de prohibiciones temporales que impiden la venta de tales tierras. De este modo, cada cinco años aproximadamente es posible encontrar una ley que prorroga por cinco años más la prohibición, ya no sólo de los Títulos de Merced indivisos, que nunca se pudieron vender, sino también de las hijuelas provenientes de los Títulos de Merced.

Por tanto, si a través de numerosas leyes de prohibición de ventas de hijuelas provenientes de Títulos de Merced, las tierras indígenas no podían ser enajenadas, cómo se explica que ese proceso, a pesar de las leyes de prohibición, haya ocurrido. El problema radica en que efectivamente muchos conservadores de bienes raíces, en la provincia de Arauco, y sobre todo en la provincia de Malleco, donde se produjo la división en forma más masiva, reconocieron las compras y ventas, a pesar de que estaban prohibidas temporalmente por ley. Se trata de compra-ventas viciadas en su origen, pero reconocidas muchas veces por estos conservadores y por notarías. Esta situación ocurría muy frecuentemente, y es a partir de este contexto donde surge, a mediados de la década del treinta, el movimiento de la Corporación Araucanía, con Venancio Coñoepan a la cabeza, que se opone fuertemente a las leyes de división: a partir del accionar de Coñoepan se detiene prácticamente la división de las comunidades y, posteriormente, en una ley dictada durante el gobierno de Jorge Alessandri, se pone un plazo de 15 años en que las tierras mapuches no pueden ser vendidas. Sin embargo, en los estatutos de esta ley de 1961, se reconoce a un nuevo actor en el complejo tema de las tierras indígenas. A las personas que reclaman derechos sobre tierras indígenas, y que no son indígenas, se les define como “particulares”, es decir, “en esta ley se nombra y otorga estatuto jurídico a los usurpadores”[213].

Lo cierto es que durante todo el siglo XX se discutirá permanentemente acerca de la división de las comunidades mapuches. El debate será entre los partidarios de mantener la propiedad comunitaria y los partidarios de dividirla y formar pequeñas propiedades privadas, que se puedan vender.

Estos últimos insistían en que la comunidad perpetuaba la pobreza indígena, y que abrir las tierras mapuches al mercado de tierras permitiría mejorar las condiciones de vida de los indígenas. Entre 1927 y 1978, fueron alrededor de 600 comunidades las que se dividieron, en especial en Arauco y Malleco; en Cautín la situación fue distinta gracias al aporte de Coñoepán. El hecho de que haya comunidades divididas y otras que no lo fueron permite hacer un análisis comparativo entre ambos tipos de propiedades: Individual y comunitaria. Estudios han demostrado que en las comunidades divididas no hubo mayor desarrollo que en las no divididas; sino que ambos tipos de comunidades, han tenido durante los últimos 50 años igual comportamiento, lo que indica que las opiniones que sostenían -y aún sostienen- que la pobreza mapuche sería consecuencia de la ausencia de propiedad privada están descartadas. Más aún, se ha podido observar que en la comunidad de tierras, hay un uso más flexible de la tierra, lo que ha permitido que en tiempos de escasez se desarrollen procesos de solidaridad interna complementarios a la subsistencia. Los mapuches heredaban tierras por varias vías, generalmente, por vía paterna, pero también materna, e incluso de los abuelos; lo que hacía que una familia mapuche podía tener pequeñas porciones de tierra en varias comunidades distintas; de esta manera estas “muchas pocas tierras” permitían enfrentar de mejor manera situaciones de pobreza. Además se debe agregar el sistema de mediería que operaba al interior de las comunidades mapuches[214], que otorgaba gran solidaridad en el uso de los recursos. Frente a esto, se puede afirmar que los mapuches que vivían en comunidad estaban mejor provistos que quienes vivían de manera individual, en este sentido la comunidad era un sistema de protección.[215]

A pesar de lo anterior, en 1978 se impuso una política indígena unilateral con una legislación que dividió las comunidades. El Decreto de Ley 2.568 tuvo por objetivos:

Se pensaba que al entregarse propiedades privadas, se produciría algo así como una selección natural, donde algunos venderían sus tierras, otros comprarían, aumentando sus propiedades, entrarían empresas forestales, algunos mapuches abandonarían el campo y se descongestionaría el problema indígena. Los mapuches podrían presentarse en la sociedad chilena sin ninguna traba para exigir sus derechos como cualquier otro ciudadano.

Además, los militares preocupados por el movimiento mapuche de fines de los sesenta y comienzos de los setentas, habrían querido evitar cualquier tipo de conflicto étnico, por eso se pensó en políticas tendientes a una pronta asimilación y planes y programas subsidiarios de por medio.

Sin embargo, se agregó una cláusula especial a dicha ley, que estipulaba un plazo de 20 años para que las hijuelas resultantes de la división pudieran entrar al mercado de tierras. Sin esta cláusula, lo más probable, es que hoy en día el conflicto sería mayor. A pesar de dicha cláusula, igualmente se produjo el despojo de las tierras mapuches con un artilugio legal contemplado en los denominados “arriendos a 99 años”, mediante este arreglo, muchos mapuches perdieron sus tierras.

En resumen, como consecuencia de la aplicación del decreto ley Nº 2.568, y a pesar del rechazo público por parte del Pueblo Mapuche, se produjo la división y liquidación de las comunidades mapuches, legitimando la propiedad privada al interior de los Títulos de Merced, constituyendo hijuelas individuales; “... desapareciendo con ello no sólo la propiedad colectiva sino que el efecto más inmediato era la desintegración de la comunidad social y cultural tradicional, base de la identidad del pueblo mapuche...”[216].

Al producirse la división de la comunidad, el título de propiedad se le entregaba a quien vivía en el campo, y se declaraba a todo quien no habitaba en ese momento, como ausente. De esta manera muchos mapuches que vivían en la ciudad o estaban temporalmente fuera de la comunidad, fueron desheredados legalmente de su comunidad, generando con ello un serio conflicto entre los mapuches del campo y los de la ciudad.

Por otro lado, con la supresión del Instituto de Desarrollo Indígena, cuyas funciones son traspasadas al Departamento de Asuntos Indígenas (DASIN) del Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP), se suprimen también los programas especiales para los indígenas. Los mapuches pasaban a ser ahora un ciudadano más, sin ninguna contemplación especial respecto de su diferencia étnica. En este sentido la Ley era de una claridad absoluta, se perseguía acabar con la condición de indígena. El artículo 1º establecía que las hijuelas resultantes del proceso de división de comunidades, dejarán de ser tierras indígenas e indígenas sus habitantes. El Ministro de Agricultura de la época señalaba “... la nueva ley implica un nuevo enfoque: en Chile no hay indígenas, son todos chilenos...[217]. El D. L. 2.568 sería modificado por el D. L. 2.750 de 1979, sin embargo se mantendrían sus principios y orientaciones.

En términos estadísticos, habría que decir que entre los años 1979 y 1988 se dividieron 2.918 comunidades mapuches dando lugar a la creación de 73.444 hijuelas con un total de 519.257 hectáreas[218]. Siendo el promedio de hectáreas asignadas a cada hijuela, en la VIII Región de 20,97. En la IX de 5,89 y en la X de 12,80, alcanzando el promedio en las tres regiones a 7,07 hectáreas (ver tablas).

TABLA Nº 21.
Reservas y superficie de Títulos de Merced
otorgados entre los años 1884 y 1929

Región
Nº de Reservas
Superficie (has)
VIII
83
26.367,59
IX
2.317
407.799,06
X
518
76.601,13
Total
2.918
510.767,78
Fuente: DASIN.

TABLA Nº 22. Resumen de Títulos Individuales entregados según región y año

Año
VIII Región
IX Región
X Región
Total
1979
3
713
448
1.214
1980
1.165
7.310
1.575
10.050
1981
-
8.808
1.215
10.023
1982
28
8.810
1.200
10.038
1983
108
8.902
1.006
10.016
1984
122
8.993
889
10.004
1985
25
9.470
508
10.003
1986
83
5.616
561
6.255
1987
192
2.821
97
3.110
1988
332
1.941
458
2.731
Total
2.058
63.426
7.957
73.444
Fuente: DASIN

TABLA Nº 23. Resumen de superficie asignada en Títulos Individuales en el proceso de división y liquidación de comunidades, por región (1979-1988).

VIII
IX
X
Total
43.156
374.196,33
101.904,94
519.257,46
Fuente: DASIN[219].

Como puede apreciarse, en un período menor a diez años, el gobierno de la época completó en un 100% el proceso de división y liquidación de las comunidades mapuches, comenzado a fines de la década del treinta.

El proceso de división, lejos de mejorar la situación de los mapuches, acrecentó los niveles de pobreza, de desempleo y de la migración. La Araucanía registraba en esos años los niveles de pobreza más altos del país, con un 29,3 % de indigencia y un 30,3 % de pobres no indigentes. Es decir un 60 % de la población regional se encontraba bajo la línea de pobreza dura[220].


[180] Correa, Martín, et. al. “Reforma agraria...” Op. cit.: 235.
[181] EL Siglo, 12 de octubre de 1961. p.4 y 25 de octubre, 1961.p.1. Citado Por Correa, Martín, et. al. “Reforma agraria...” Op. cit.: 235.
[182] Ibíd.: 238.
[183] Foerster, Rolf y Sonia Montecino. Organizaciones... Op. cit.: 354.
[184] Correa, Martín, et. al. Reforma agraria...” Op. cit.: 248.
[185] Ibíd.: 247.
[186] Foerster, Rolf y Sonia Montecino. Organizaciones... Op. cit.: 286.
[187] Correa, Martín, et. al. “Reforma agraria...” Op. cit.: 246.
[188] Ibídem.
[189] Ibídem.
[190] Foerster, Rolf y Sonia Montecino. Organizaciones... Op. cit.: 355.
[191] Ibíd.: 356.
[192] Hervé, Dominique y Antonia Urrejola. “El Derecho Consuetudinario...” Op. cit.: 5.
[193] Correa, Martín, et. al. “Reforma agraria...” Op. cit.: 249.
[194] Ibídem.
[195] Ibíd.: 250.
[196] Ibíd.: 251.
[197] Ibíd.: 253.
[198] Cámara de diputados, sesión Nº 35, 14 de septiembre de 1971, p.3234. Citado en Correa, Martín, et. al. “Reforma agraria...” Op. cit.: 254. Cámara de diputados, sesión Nº 35, 14 de septiembre de 1971, p. 3234.

[199] Citado de Cámara de Diputados, sesión Nº 35, 14 de septiembre de 1971. pp..3234-3240. Ibíd.: 255.
[200] Ibíd.: 256.
[201] Rupailaf, Raúl. “Las organizaciones mapuches y las políticas indigenistas del Estado chileno (1970-2000)”. Revista de la Academia Nº 7, pp. 59-103. Editor Universidad de Academia de Humanismo Cristiano. Santiago. 2002. p. 70.
[202] Ibídem.
[203] Diario Austral de Temuco, 23 de Noviembre de 1971, p-7. Citado por Correa, Martín, et. al. “Reforma agraria...” Op. cit.: 257.
[204] Ibídem.
[205] Ibíd.: 259.
[206] Ibíd.: 261.
[207] Ibíd.: 262.
[208] Ibíd.: 263.
[209] Diario Austral de Temuco, 11 de septiembre de 1974, p. 39. Citado en Correa, Martín, et. al. “Reforma agraria...” Op. cit.: 263.
[210] Según José Bengoa, producto de la posición discriminatoria del Estado, los mapuches han tenido, a partir del siglo XX, dos aproximaciones a la sociedad chilena: la desarrollista y la nativista. La desarrollista ha planteado la necesidad del desarrollo moderno del pueblo mapuche, del progreso, a través de una integración respetuosa, no han habido dirigentes dispuestos a dejar de ser mapuches, pero sí algunos pensaron que era necesario abandonar ciertas costumbres antiguas y modernizarse. El caso más paradigmático de esta tendencia lo representa el movimiento desarrollista de Venancio Coñoepán, junto a su Corporación Araucanía. La otra aproximación, la nativista, busca volver a los orígenes, se trata de una postura social, cultural y política que trata de separase de las contaminaciones culturales externas y busca lo propio, lo más tradicional, se trata de una mirada antimoderna que desconfía de la modernidad, y por eso se afirma en los valores y costumbres tradicionales. Ver. Bengoa, José. Historia de un conflicto... Op. cit.: 122.
[211] Ibíd.: 153.
[212] Art. 34º, Ley 17.729 de 1972. Citado en Rupailaf. “Las organizaciones mapuches...” Op. cit.: 64.
[213] Bengoa, José. Historia de un conflicto. Op. cit.: 167.
[214] Stuchlik, Milan. La vida en Mediería. Mecanismos de reclutamiento social de los mapuches. Edición Soles. Santiago. 1999. [1976].
[215] Bengoa, José. Historia de un conflicto. Op. cit.: 170.
[216] Rupailaf, Raúl. “Las organizaciones mapuches...” Op. cit.: 73.
[217] Diario Austral, Agosto 23 de 1978, citado en Rupailaf. Raúl. “Organizaciones mapuches...” Op. cit.: 74.
[218] DASIN, informe publicado en 1989 en El Pueblo Mapuche, presente y futuro de una raza, editado por el Instituto Geográfico Militar. Este estudio parte de la base que los títulos de merced entregados por el Estado chileno a los mapuches fueron 2.918.
[219] Ver Rupailaf, Raúl. “Organizaciones mapuches...” Op. cit.: 74.
[220] MIDEPLAN. Encuesta Nacional de Caracterización Económica (CASEN) 1987. Citado en Rupailaf, Raúl. “Organizaciones mapuches...” Op. cit.: 75.