DECRETO Nº 1944 DE 15 DE NOVIEMBRE DE 1952

DISPONE QUE LOS DEPARTAMENTOS QUE INDICA PASARÁ A LA JURISDICCIÓN DEL JUZGADO DE INDIOS DE TEMUCO

Núm.1944- Santiago, 15 de Noviembre de 1952

Teniendo presente que la práctica ha demostrado la conveniencia de modificar las actuales jurisdicciones de los Juzgados de Indios de Victoria y Temuco, segregando de la jurisdicción del primero los departamentos de Curacautín y Lautaro, para incluirlos en la jurisdicción del Juzgado de Indios de Temuco, ciudad en que de ser el centro comercial e industrial de más importancia de la zona, está establecida la Corte de Apelaciones respectiva, y tiene por otra parte, con los referidos departamentos las mejores vías de comunicación, lo que facilita la mejor atención del público que tiene problemas pendientes relacionados con los Juzgados de Indios de dichos departamentos; y en uso de la atribución que me confiere el artículo 7º de la ley de indígenas, cuyo texto fijó el Decreto Supremo Nº 4111, de 12 de junio d 1931, y visto lo informado por la Dirección de Tierras y Colonización.

DECRETO:

A contar del 1º de Diciembre de 1952, los departamentos de Curacautín de la provincia de Malleco y Lautaro, de la provincia de Cautín, pasarán a la jurisdicción del Juzgado de Indios de Victoria.