LEY Nº 6.822 DE 18 DE FEBRERO DE 1941

EXTIENDE LIMITACIONES A LA CAPACIDAD ESTABLECIDAS EN DECRETO Nº 4.111

Prorroga la vigencia de las limitaciones y restricciones de la capacidad de los indígenas, establecidas en el Decreto 4.111, de 12 de Junio de 1931, de tierras, que fija el texto definitivo de la Ley Nº 4802, de 24 de Enero de 1930, que   establece los Juzgados de Indios.

PROYECTO DE LEY:

ARTICULO UNICO: Continuarán en vigencia por el plazo de un año a contar del 11 de Febrero de 1941, las limitaciones y restricciones de la capacidad de los indígenas establecidas en el Decreto Nº 4.111, de 12 de Junio de 1931.

Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo, por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.