DECRETO DE 5 DE SEPTIEMBRE DE 1896

DA NORMAS PARA REUNIR LOS PROTOCOLOS DE ESCRITURAS DE TERRENOS DE INDÍGENAS

SANTIAGO, 5 de septiembre de 1896.

Visto el Oficio    de 1º de Abril de 1893, de la Intendencia de Arauco;

Con lo informado por el Fiscal de la Excma. Corte Suprema de Justicia y por la Inspección General de Tierras y Colonización, y siendo conveniente que estén reunidos en una sola oficina los documentos relativos a la constitución de los títulos de propiedad territorial, otorgados ante los notarios públicos y los que se refieren a la propiedad de terrenos indígenas, otorgados ante Intendentes y Gobernadores, en conformidad a los Decretos Supremos de 14 de Marzo de 1855, 5 de Junio de 1859 de Julio de   y 30 de noviembre de 1875,

D E C R E T O:

1º.- Los protocolos de escritura de terrenos de indígenas y los respectivos expedientes de la indagación sumaria de la posesión que se encuentran actualmente archivadas en las Secretarías de las Intendencias y las Gobernaciones de los territorios de indígenas, que no han pasado a las Notarías en virtud de disposiciones Supremas, se entregarán a los Notarios de los respectivos Departamentos para que se reúnan en el archivo general de los títulos de propiedades raíces.

2º.- La entrega de protocolos se hará por los secretarios de las Intendencias y por los respectivos Gobernadores, bajo inventario del cual se extenderán dos ejemplares firmados por dichos funcionarios.

Uno de estos ejemplares quedará archivado en la Gobernación o Secretaría de la Intendencia y el otro en la Notaría.